Se le hizo costumbre a la Suprema Corte “corregirle la plana” a diputados de Jalisco

Pese a contar con una nómina robusta por diputado para la contratación de asesores que revisen las iniciativas, se ha vuelto una constante que reformas desarrolladas por el Congreso del Estado sean impugnadas a través de acciones de inconstitucionalidad, porque dichas leyes terminan siendo violatorias a otras disposiciones federales, entre ellas la Carta Magna.

La mayoría de los reclamos proceden de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDHJ) y algunas de partidos políticos.

En lo que va de esta legislatura se han presentado ya cinco acciones de inconstitucionalidad, aunque solo una resuelta.

Las acciones de inconstitucionalidad que en este momento se encuentran bajo revisión está la 160/2022, presentada por el partido Hagamos, donde denuncian irregularidades en la designación del presupuesto para partidos políticos en 2023.

La Suprema Corte dio entrada al recurso que rechaza la reforma electoral aprobada en Jalisco a finales de septiembre. El partido señala que se viola los principios de ahorro y austeridad, al incrementar el dinero a las fuerzas políticos tras la eliminación de la llamada Ley “Sin Voto no hay Dinero”, aprobada en 2017.

Otra en revisión es la 159/2022, donde se impugna la llamada Ley “Fofo Marquez”, una reforma al Código Penal realizada en octubre pasado para sancionar el bloqueo de vialidades e impulsada por la legisladora Mónica Magaña.

Se creó el artículo 125 Bis del Código Penal de Jalisco que impone prisión hasta por seis años y multas de 48 mil pesos, así como trabajo comunitario, a quienes participen en el bloqueo de vialidades para hacer promoción o subir contenido en redes sociales. La interpretación del texto podría prestarse a agravios contra la libre manifestación y libertad de expresión.

La 122/2022 la presentó la CNDH porque los diputados locales crearon una norma que excede la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Al modificar el programa de verificación vehicular, los diputados alteraron el artículo 48 de la Ley de Responsabilidades de Jalisco y establecieron como falta administrativa no grave que un funcionario que tenga un vehículo oficial bajo resguardo no lo lleve a verificar.

La CNDH consideró que el Congreso de Jalisco no estaría habilitado constitucionalmente para adicionar nuevos supuestos de faltas administrativas.

En la acción número 72/2022, también presentada por la CNDH, se impugna la reforma de abril pasado donde se elimina el derecho a las infancias trans, es decir, que menores edad pudieran decidir el género sexual que fuera de su preferencia.

La única acción de inconstitucionalidad que ya ha sido resuelta y relacionada a esta legislatura fue una impugnación del partido Futuro por el presupuesto a partidos en 2022, pero fue desechada por la Corte. Se trató del expediente 20/2022.

Hay otras tres acciones de inconstitucionalidad pendientes por discutirse en la Suprema Corte de la pasada legislatura (la LXII): una tiene que ver con la reforma a la Ley de Pensiones que limita montos de las llamadas pensiones doradas; otra es sobre la reforma al Sistema Estatal Anticorrupción que pone bajo evaluación permanente y posibilidad de separación a los miembros del Comité de Participación Social y finalmente, la acción contra modificaciones al Código de Procedimientos Penales que incorporó medios electrónicos a los procesos; se acusa que el Congreso local se habría excedido de sus atribuciones que competen sólo al Congreso de la Unión.

“Esto nos habla de un desaseo legislativo. Por presiones políticas y de tiempos, los legisladores no atienden todos los elementos que deben vigilar para aprobar las reformas y sobrevienen las acciones de inconstitucionalidad. En el caso de Jalisco hay un abuso en el estrechamiento de términos o, a causa de la generación masiva de iniciativas, que no les dediquen tiempo para limpiarlas. Hay mucha agenda mediática en las iniciativas y no revisan si están dentro de sus facultades o si son legalmente viables”, explicó Rocío Juárez, abogada constitucionalista.

¡Comparte!

You must be logged in to post a comment Login